El asegurador se obliga a indemnizar los daños y perjuicios causados a terceros, de los cuales sea civilmente responsable el asegurado, por un hecho y en los términos previsto en la póliza.
Características:
- Puede ser contratado de manera individual o colectiva.
- Su contratación es generalmente voluntaria.
- Tiene una vigencia definida.
- Normalmente contemplan un deducible (monto de cargo del asegurado).
- Requieren sentencia judicial ejecutoriada que establezca la responsabilidad del asegurado o de transacción judicial o extrajudicial celebrada por el asegurado con el consentimiento del asegurador.
- Existen distintos tipos de seguros de responsabilidad civil:
- profesional (médicos, arquitectos, ingenieros, directores y ejecutivos, etc.).
- Para propietarios de inmuebles.
- patronal (por lesión o muerte de empleados dependientes).
- de protección familiar.
- por contaminación, etc.